En atención a ello, cabe recordar que V.E. tiene reitéradamente dicho que por aplicación de los artículos 610 a 616 de la ley 20.094, corresponde al fuero de excepción entender en todas las acciones derivadas de un contrato de ajuste cumplido en un buque de bandera nacional (Ver Fallos: 255:235 ; 298:416 ; 299:105 ; 302:456 ; 306:298 ; 311:2736 ; 313:1467 y 320:2250 ).
Por lo expuesto, opino, que debe continuar entendiendo en estos obrados el señor Juez Federal de Primera Instancia de Rawson, Provincia del Chubut, al que deberán remitirse, a sus efectos. Buenos Aires, 12 de agosto de 2004. Felipe Daniel Obarrio.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2004.
Autos y Vistos: .
De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Federal de Primera Instancia de Rawson, al que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado Laboral y de Juicios Ejecutivos de la Circunscripción Judicial del Nordeste, Puerto Madryn, provincia del Chubut.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉsAR BELLUSCIO — CARLos S.
FAYrT — ANTONIO BOGGIANO — JUAN CARLOS MAQUEDA.
MARIA AMELIA AGUIRRE v. CAJA DE SEGUROS pr VIDA S.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Inhibitoria: planteamiento y trámite, . - , Si bien para que exista un correcto planteo de competencia es preciso que haya una atribución recíproca entre los magistrados que intervienen en el proceso
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4865
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