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Fallos: 327:18 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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FAUSTO SIERRA y Otros v. ADMINISTRACION GENERAL De PUERTOS SOCIEDAD DeL ESTADO RECURSO DE QUEJA: Trámite.

Si los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en la presentación directa pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso, sin que esto implique pronunciamiento sóbre el fondo del recurso.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de febrero de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en Ja causa Sierra, Fausto y otros c/ Administración General de Puertos Sociedad del Estado", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: Que atento a que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en esta presentación directa pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso, sin que este implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso (Fallos: 295:658 ; 297:558 ; 308:249 ; 310:2241 ; 317:1447 y 323:3085 , entre otros).

Por ello, con el alcance indicado, se declara procedente el recurso extraordinario y se dispone la suspensión de los efectos de la sentencia del juez de primera instancia de fecha 24 de octubre de 2002 y del pronunciamiento de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo del 21 de abril de 2003. Solicítense los autos principales.

Oportunamente agréguese la queja al principal. Notifíquese.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉsAR BELLUSCIO — ANTONIO
BoccIANo — ADOLFO RoBERTto VÁZQUEZ — JUAN CarLos MAQUEDA — E.

RAÚL ZAFFARONI.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:18 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-18

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