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Fallos: 326:3233 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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FALLO DE CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de septiembre de 2003.

Vistos los autos: "Fariña, Juan Carlos s/ recurso de apelación en el expte. N° F 9590/00 sr. juez de liquidación y sentencia de la República del Paraguay s/ extradición de Juan Carlos Fariñas".

Considerando:

1) Que contra la sentencia dictada por el titular del Juzgado Federal de El dorado, Provincia de Misiones, que concedió la extradición de Juan Carlos Fariña a sdlicitud de la República del Paraguay, para su juzgamiento en orden al delito de violación de una menor de doce años de edad, la defensa interpuso recur so ordinario de apelación (fs.

121), que fue concedido por el a quo afs. 122.

2) Queen el escritodefs. 130/135vta., la parterecurrentesdlicitó que se deniegue la extradición peticionada con fundamento en el incumplimiento delos recaudos exigidos por el art. 30, inc. 1° del Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889, pues la legislación remitida se encuentra actualmente derogada. Refirió que aun cuando se obviara tal circunstancia, los recaudos incor porados se encuentran incompletos pues no se acompañaron copias de la ley 104/90 que modificó la pena del delito que se imputa al requerido.

3) Que el señor Procurador Fiscal solicitó que se declare desierto el recurso por falta de fundamentación y se confirme la sentencia apelada (fs. 137/140).

4) Que según constante jurisprudencia de este Tribunal, no corresponde el tratamiento de las objeciones formuladas respecto del cumplimiento de los requisitos formales pues dado que la parte nada objetó en oportunidad de contestar la vista conferida a fs. 112 (conf.

fs. 117), la cuestión debe considerarse tardíamente introducida (conf.

Fallos: 323:3699 , considerando 18 del voto de la mayoría y considerando 13 del voto en disidencia de los jueces Nazareno, Boggiano, y López y sus citas de Fallos: 320:1257 y 322:1558 ).

Por ello, concordemente con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, sededclara desierto, por falta defundamentación, el recurso

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3233 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-3233

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