civil, aunque sí se lo hizo respecto de su simple tenencia (vid artículo 1° dela ley 25.086).
A mayor abundamiento creo conveniente señalar queal debatirse el proyecto en la Cámara Alta, el senador Nikkelsen Lóth hizo referencia a "una pequeña colisión de normas" con aquella regla procesal, aclarando a continuación que "... las provincias están cediendo el poder de policía sobre el contralor de las armas de pequeño calibre y lo están entregando a la Nación..." (Antecedentes Parlamentarios. La Ley.
Año 1999, número 6, página 1716).
Considero que dicha circunstancia adquiere relevancia si se advierte que, aún tratado el tema, nofuela intención de los legisladores que el conocimiento de las figuras que incluyen las armas de uso civil o de pequeño calibre —según las manifestaciones del citado senador— sea de los jueces locales.
Sobrela base de estas consideraciones, entiendo que al incorporar se aquel delito en el artículo 189 bis, tercer párrafo, del Código Penal, debe ser juzgado por la justicia federal de acuerdo con lo dispuesto en el ya citado artículo 33, apartado 12, inciso e), del código ritual ya que, a mi modo de ver, no se advierte que la sanción de la ley 25.086 haya modificado los principios que regulan la intervención de ese fuero, circunscripta a las causas que, como en el sub examine, expresamente leatribuyen las leyes que fijan su competencia (Fallos: 319:218 , 308 y 769).
En este sentido considero que resulta de aplicación al caso la doctrina del Tribunal en cuanto a que la primera regla de interpretación delas leyes es dar pleno efecto a la intención del legislador y para ello la primera fuente eslaletra delaley (Fallos: 320:1962 ).
Además, dichas pautas no deben ser sustituidas por el criterio propio de los jueces so color de hermenéutica (Fallos: 311:1320 ) y, menos aún, cuandola ley no exige esfuerzo para su inteligencia por loque, en principio, debe ser aplicada directamente con prescindencia de las consideraciones que excedan las circunstancias del caso expresamente contempladas en ellas (Fallos: 320:1909 y 2131).
En esta inteligencia y habida cuenta que, como ya quedó dicho, el artículo 33, apartado 1°, inciso e), del Código Procesal Penal, establece
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:3293
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