Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 315:2512 de la CSJN Argentina - Año: 1992

Anterior ... | Siguiente ...

namiento encaminado a demostrar cuál era la solución legal aplicable (Disidencia de los Dres. Mariano Augusto Cavagna Martínez, Rodolfo C. Barra y Eduardo Moliné O'Connor). . - .


MEVOPAL S.A. v. PROVINCIA ve BUENOS AIRES (INSTITUTO DE La VIVIENDA)
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que hizo lugar al reconocimiento de gastos improductivos en un contrato de obra pública que fue rescindido, omitiendo tratar elementos conducentes y oportunamente propuestos a la consideración, y expresa .

fundamentos que sólo en apariencia satisfacen los requisitos a cuyo cumplimiento se ha supeditado, con base en la Constitución, la validez de los actos judiciales (1).


EDUARDO DANIEL PEREZ v. ISERCOM S. A.
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA. -
Las decisiones de la Corte no son susceptibles de recurso alguno.

1) 14 de octubre. Fallos: 304:1698 ; 306:178 , 2174; 307:1634 .

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

104

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2512 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-2512

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 315 Volumen: 3 en el número: 338 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos