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Fallos: 311:589 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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ha dirigido la demanda e integrado la litis, individualidad jurídica y funcional, a la vez que dispone que actuará como ente descentralizado en la esfera del Ministerio de Gobierno e Instrucción Pública. - .

Dicho organismo —del que depende la explotación de la lotería provincial— constituye una entidad autárquica con capacidad para actuar pública y privadamente, que no se identifica con la provincia.

Ello excluye la tramitación del juicio de la jurisdicción originaria de esta Corte (Fallos: 298:341 ; 299:89 ; 301:702 ; 302:1316 ; v. asimismo sentencia del 18 de noviembre de 1986 —G.408, L.XX —Originario "Gattei, Angela Irma c/ Instituto de Previsión, Seguridad y Asistencia Social de La Rioja y Provincia de La Rioja s/ incumplimiento).

Por ello, corresponde remitir el juicio a la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia para que proceda a dirimir la contienda planteada. Buenos Aires, 26 de febrero de 1988. Andrés José D'Alessio.

Suprema Corte:

Tal como lo puso de manifiesto el Tribunal en su sentencia del 1° de julio de 1986 —in re Q.30—, L.XX— Originario "Quinteros, Carlos y otras c/ La Rioja, Pcia. de s/ incumplimiento de contrato y entrega de premios", en causa análoga a la presente, el art. 1° de la ley local 4353 otorga al Instituto de Previsión, Seguridad y Asistencia Social de la Provincia de La Rioja —entidad contra la que se ha dirigido la demanda e integrado la litis— individualidad jurídica y funcional, a la vez que dispone que actuará como ente descentralizado en la esfera del Ministerio de Gobierno e Instrucción Pública.

Dicho organismo —del que depende la explotación de la lotería provincial— constituye una entidad autárquica con capacidad para actuar pública y privadamente que no se identifica con la provincia.

Ello excluye la tramitación del juicio de la jurisdicción originaria de .

esta Corte (Fallos: 298:341 ; 299:89 ; 301:702 ; 302:1316 ; v. asimismo sentencia del 18 de noviembre de 1986 —G. 408— L.XX. Originario "Gattei, Angela Irma c/ Instituto de Previsión, Seguridad y Asistencia Social de La Rioja y Provincia de La Rioja s/ incumplimiento de contrato"). .

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:589 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-589

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