cedencia del fuero federal, porque esta materia está regida por la ley especial de jurisdicción y competencia N" 48, de 14 de setiembre de 1863 ,.... No era materia propia de ese código (el de comercio) disponer sobre la nacionalidad de las seis clases de sociedades que creaba, ni sobre la jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales, que está subordinada a reglas especiales y diferentes según que las sociedades sean de personas o de capitales, es decir, colectivas o anónimas" (arts, 9 y 10), Tampoco me parece decisivo para la enestión aquí planteada, el fallo 166:281 (Bonnanui y Cía. v. F. C.
E. A.). Declaró allí V. E. por voto nmánime de los miembros del tribunal:
"El art. 9 (de la ley 48) al establecer que las corporaciones anónimas creadas y haciendo su negocio en una provincia serán reputadas parn los efectos del fuero como ciudadanos vecinos de la provincia en que se hallen establecidas, enalquiera que sea la nacionalidad de sus socios actuales, se refiere exclusivamente a las sociedades anónimas domésticas, esto es, a lus creadas y nacidas a la vida jurídica por acto de los gobiernos estadales o del P.
E. Nacional en su carácter de gobierno local para la capital".
Ahora bien: a diferencia de lo que ocurriera con el Ferrocarril Central Argentino, nacido de ma ley nacional, cl Ferrocarril del Sud debe su origen a una concesión provincial. Cierto es que en el enso 171:213 .
V. E. ap"eó la misma jurisprudencia al Ferrocarril Central Córdoba, nacido asimismo de una ley provinelal; pero no resulta haberse planteado entonces especialmente la cuestión a que ahora aludo.
Añadiré, como elemento de criterio complementario, que la ley 8967, dietada en el año 1912 y euyas co
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:529
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