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Fallos: 190:527 de la CSJN Argentina - Año: 1941

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motivos suficientes para atribuir a nuestro gobierno el propósito de obligar a volverse extranjeras, a empresas ferroviarias tenidas antes por argentinas, y que ni siquiera consta hubiesen expresado deseos de renunciar a esa nacionalidad implícitamente exigida por las respectivas concesiones, Se quiso, ciertamente, favorecer la llegada de nuevos enpitales como se lo venía haciendo desde antes, pero media gran distancia entre ese propósito de buen gobierno, y el de que pudieran construir ferrocarriles en nuestro suclo, sin permiso gubernativo cuantas sociedades anónimas lograsen de un gobierno extranjero la aprobación de sus estatutos. Precisamente la diferencia quedó puntualizada al otorgar la eoneesión al Ferrocarril del Sud: podría constituirse como sociedad anónima dentro o fuera del país; pero la aprobación de sus estatutos por otro gobierno no impediría al argentino aprobarlos, rechazarlos o imponerles modificaciones, conforme lo hizo. Y es que no era admisible , que el retiro por un gobierno extranjero de la personería jurídica acordada, privase ipso facto al ferrocarril de su capacidad para continuar celebrando en nuestro territorio los contratos de transporte indispensables para su funcionamieno normal. Con o sin personería extranjera, con o sin funcionamiento de un directorio en Londres —y ya se le permitió tenerlo antes de la ley 3528— dicho ferrocarril existía legalmente para nuestro país desde 1862 por obra de leyes y decretos de poderes públicos argentinos, que ni entonces ni después consta se hayan dirigido a Londres para tratar con la empresa o imponerle sanciones, Las leyes 2873 y 5315, obligatorias para el Ferrocarril del Sud, establecen hien la diferencia existente entre empresas ferroviarias y sociedades anónimas de otro tipo: las primeras requieren permiso previo para operar en la República y dejan además al gohierno en li

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:527 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-190/pagina-527

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