A _——» FALLOS DE KA CORTE SUPREMA
E «pe los casos por cobro de un crédito húpotecario no están comE predidos en ta disposición del inciso 45. articulo 3284 antes > citado, + Fallos: tomo 2 pág. 193 : tomo 9 pág. 350 :
E tomo 110 pág. 2177 tomo 123. página 145; tomo 125, par 1 gina 2045 tomo 127 pág. 345 , y tomo 129. página 63.
y De ahí que la contienda de corpetencia entre has mismos HA jueces en que Y. E, declaró competente al de esta Capital pafa e conocer en el sucesorio del doctor José Maria Navarro, no a autoriza, no da jurisdicción al juez de la sucesión para emten+ der en el juicio seguido por el Banco de lala y Rio de la +: Mata, cuyo crédito goza del privilegio de hipoteca sobre immeES bles ubicados en el Chaco, = En mérito de lo expuesto y de las disposiciones legales E , Moracio KR, Larreta. t Mo T FALIJI DE LA CORTE SUPREMA a Autos y Vistos: e E Lars de contienda de competencia entre un Juez de Primera Instancia en lo Civil de la Capital y el Juez Letrado del Terrio torio Nacional del Chaco, para conocer en la ejecución hipoE tecáría que ante este áltimo sigue el Banco de Irilía y Rio" de Ta me Pata contra la «iesión del doctor José Maria Navarro, — Y Comiderando: ES °_Que «irimida jor esta Corte en favor de "a jurietioción 2 sel juez de la Capital la contenta trabada entre los mismos E ñ 4 NUS CTRA eun ANNA" Von
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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:260
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