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- Art. 635 : - La parte que promoviere juicio de alimentos deberá, en un mismo escrito:
1) Acreditar el título en cuya virtud los solicita.
2) Denunciar, ... - Art. 636 : - El juez, sin perjuicio de ordenar inmediatamente las medidas probatorias que fueren solicitadas, señalará una audiencia que tendrá lugar dentro ...
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 636 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 344 - Página 2082 - Art. 637 : - Cuando, sin causa justificada, la persona a quien se le requiriesen alimentos no compareciese a la audiencia prevista en el artículo anterior en...
- Art. 638 : - Cuando quien no compareciere, sin causa justificada a la audiencia que prevé el art. 636 fuere la parte actora, el juez señalará nueva audiencia...
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 638 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 338 - Página 922
- Fallos: Tomo 339 - Página 427
- Fallos: Tomo 343 - Página 547
- Fallos: Tomo 344 - Página 3682
- Fallos: Tomo 346 - Página 97
- Fallos: Tomo 338 - Página 622 - Art. 639 : - Ala parte actora y a la demandada se les admitirá la justificación de la incomparecencia por una sola vez. Si la causa subsistiere, aquéllas deb...
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 639 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 328 - Página 4014 - Art. 640 : -En la audiencia prevista en el art. 636 el demandado, para demostrar la falta de título o derecho de quien pretende los alimentos, así como la...
- Art. 641 : - Cuando en la oportunidad prevista en el art. 636 no se hubiere llegado a un acuerdo, el juez, sin necesidad de petición de parte deberá dictar se...
- Art. 642 : - Respecto de los alimentos que se devengaren durante la tramitación del juicio, el juez fijará una cuota suplementaria, de acuerdo con las disposi...
- Art. 643 : - Salvo acuerdo de partes, la cuota alimentaria se depositará en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y se entregará al beneficiario a su sola ...
- Art. 644 : - La sentencia que deniegue los alimentos será apelable en ambos efectos. Si los admitiere, el recurso se concederá en efecto devolutivo. En este ...
- Art. 645 : - Si dentro de quinto día de intimado el pago, la parte vencida no lo hubiere hecho efectivo, sin otra substanciación se procederá al embargo y ...
- Art. 646 : - Cuando se tratase de alimentos fijados a favor de uno de los cónyuges durante la sustanciación del juicio de divorcio, y recayese sentencia defin...
- Art. 647 : - Toda petición de aumento, disminución, cesación o coparticipación en los alimentos, se sustanciará por las normas de los incidentes, en el pro...
- Art. 648 : - La demanda por litisexpensas se sustanciará de acuerdo con las normas de este titulo.
CONCORDANCIAS: CPN. art. 651; Cat, art. 651; Chaco, art. 6...
TÍTULO III¿ Te sirvió el artículo ? Compártelo! ![]() ![]() Cantidad de vistas: 0 [ Destacado del año]: Definición de ESFERA DE ACTIVIDAD ![]() ÚLTIMAS sentencias
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