- El que, aun sin ser parte hasta entonces en una causa, puede interponer el Ministerio fiscal, a fin de unificar la jurisprudencia, y sin que por ello se altere la situación creada por la sentencia no recurrida por los litigantes, ni los derechos actuales de los mismos. Se prescinde en tal caso del trámite de admisión, (v. RECURSO DE CASACIÓN, in fine.)
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