- Es calificada así la del comerciante "a quien sobrevinieren infortunios que, debiendo estimarse casuales en el orden regular y prudente de una buena administración mercantil, reduzcan su capital al extremo de no poder satisfacer en todo o en parte sus deudas" (art. 887 del Cód. de Com. esp.). Consecuencia importantísima de la quiebra fortuita es que excluye la pena que se impone en los casos de la quiebra punible (v.e.v.). Además, sin más que cumplir el convenio, el quebrado fortuito obtiene su rehabilitación, (v. QUIEBRA CULPABLE Y FRAUDULENTA.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda