- Deber de demostrar la verdad de lo afirmado o alegado, para que pueda ser aceptado por los jueces. Por lo general, la obligación de probar corresponde a quien afirma, y más comúnmente al demandante; aunque, de reconvenir o de excepcionar, el demandado, convertido en tales puntos en actor, deba probar a su vez sus asertos, (v. CARGA DE LA PRUEBA.)
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