Definición de GASTOS EN ARRENDAMIENTO


    Los de escritura son por cuenta del arrendatario. Los de las reparaciones necesarias para conservar la cosa en estado de servir para el uso a que se halle destinada pertenecen al arrendador (arts. 1.554 y 1.555 del Cód. Civ. esp.). Los debidos por el deterioro de la finca, a causa de culpa del arrendatario o de su familia, son también a cargo del que la tiene en arriendo (arts. 1.564 y 1.565). (v. ARRENDAMIENTO.)

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