alguna por producir que permita modificar tal conclusión, estimando que la imputación debía proseguirse en contra de Miranda Soria únicamente en torno a la posible recepción espuria del bien en cuestión, por lo que rechazó la atribución de competencia.
Con la insistencia del magistrado declinante, quedó trabada la contienda.
3) Que esta Corte ha destacado de manera reiterada que el delito de encubrimiento obstruye el buen servicio de la administración de justicia del juez que investiga el delito principal (Fallos: 253:78 ; 315:312 ; 322:1216 ). Por dicho motivo, en las cuestiones de competencia para entender en el delito de encubrimiento en una jurisdicción provincial de un hecho juzgado por la justicia nacional ordinaria, el Tribunal ha dispuesto la intervención de la justicia federal en lugar de la justicia local (Fallos: 264:66 ; 306:2000 ; 311:443 ; 315:312 , entre muchos otros), considerando de aplicación lo dispuesto en el art. 3", inc. 3 de la ley 48.
4) Que este criterio fue alterado en el fallo de autos CCC 65897/2015/1/CS1 "Galarza, Leandro Gastón s/ encubrimiento (art.
277, inciso 1", sentencia del 17 de diciembre de 2019, oportunidad en la que la mayoría del Tribunal dispuso que "de aquí en más, no cabe asignar competencia al fuero federal para entender en delitos que se vinculen con un ilícito investigado por la justicia nacional ordinaria, los que quedarán sujetos a las normas de competencia pertinentes a la naturaleza del delito en cuestión".
5) Que, por las razones que seguidamente se expresan, corresponde abandonar el criterio jurisprudencial descripto en el considerando 3° y adoptar la solución alcanzada por la mayoría del Tribunal en la citada causa "Galarza", coincidente en lo sustancial con la posición que sostuviera originalmente esta Corte en la línea jurisprudencial iniciada en Fallos: 167:382 y reiterada en numerosos precedentes hasta la sentencia publicada en Fallos: 233:218 .
Como se verá seguidamente, los cambios normativos y jurisprudenciales ocurridos a partir de 1994 en torno al estatus constitucional de la actual Ciudad Autónoma de Buenos Aires determinan que la posición según la cual en conflictos como el presente debe atribuirse la competencia al juez federal con asiento en la jurisdicción provincial en la que se hubiera cometido el delito de encubrimiento haya devenido
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:896
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