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Fallos: 347:1602 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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Las actuaciones se originaron a raíz de las emisiones del programa televisivo "Hora Clave", correspondientes a los días 4 y 16 de mayo de 2000, en los que se abordó la temática del robo y tráfico de bebés en Argentina y, en particular, el caso de la presunta sustracción de una bebé, R Ca, que a los pocos días de haber nacido en una clínica de Mar del Plata fue declarada muerta. Los accionantes aducen, en lo sustancial, que en los programas aludidos se involucró falsamente a M B y a O Ben una presunta red de tráfico de niños y, en especial, en el caso "C". Asimismo, consideran que, a través de expresiones tendenciosas y comentarios, se puso en duda la verdadera filiación de su hija menor y se generó la sospecha de que podía tratarse de RC.

Tal como apunté al dictaminar en las causas CIV 84820/2007/CS1, "B., M. y otros c/Martínez Suárez, Rosa María Juana y otros s/daños y perjuicios" y 75332/2008/CS1, "B, M y otros c/Editorial La Página S.A.

y otro s/daños y perjuicios", la Corte Suprema adoptó el estándar de la real malicia en aras de garantizar un debate libre y desinhibido sobre asuntos de interés público. De conformidad con dicho estándar, el agraviado sólo puede recobrar los daños generados por la divulgación de información de trascendencia pública si prueba la falsedad de la información, y que su difusión fue realizada con conocimiento de su falsedad o con notoria despreocupación por su veracidad (Fallos: 310:510 , "Costa"; 331:1530 , "Patitó"; 336:379 , "Boston Medical Group"; dictámenes de esta Procuración General en CSJ 48/2014(50G)/CS1, "Gómez Miranda, Federico c/Gaspari, Juan Alberto s/daños y perjuicios", 15 de abril de 2016).

Esa doctrina es aplicable al presente caso.

En primer término, de las constancias de la causa se desprende que MB se desempeñó como Subsecretaria de Coordinación de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Nación en la época en que habrían tenido lugar los sucesos con los que se la vinculó (fs. 500/503).

En segundo término, cabe recordar el interés público que despertó el "Caso C", el cual deriva de los gravísimos hechos denunciados, que incluían la desaparición de una niña recién nacida de una clínica, una maniobra para ocultar esa sustracción mediante la inhumación de un cadáver perteneciente a otro bebé fallecido y la existencia de una red de tráfico de niños, que operaba en distintas zonas del país y a la que se encontrarían implicados funcionarios públicos y profesionales de la medicina (dictamen de esta Procuración General en la citada causa "B., M"). Una cuestión tan sensible como la sustracción y comerciali

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1602 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-1602

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