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Fallos: 343:2247 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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Por último, en el marco de la celebración de esa audiencia de informes, el tribunal resolvió rechazar la solicitud presentada por el defensor general a efectos de que se diera intervención en la audiencia al letrado Calvo, quien se encontraba presente enla sala (fs. 25). Así, la cámara decidió continuar la sustanciación de ese acto procesal.

III-
Contra esos tres pronunciamientos, el fiscal general interpuso recurso extraordinario federal (fs. 26/34), cuyo rechazo (fs. 61/2) motivó la presente queja (fs. 63/7). A su vez, esos actos fueron apelados por la vía extraordinaria federal por la defensa. Su denegación dio lugar a presentaciones directas que se encuentran en vista ante esta Procuración General de la Nación (FSA 74000120/2011/T01/12/3/RH4 y FSA 74000120/2011/T01/18/2/RH6).

En primer lugar, en relación con la admisibilidad, el fiscal general señala que los pronunciamientos recurridos son equiparables a sentencia definitiva en tanto causan un gravamen de imposible reparación ulterior. Explica que el proceso continúa sin que el imputado cuente con un abogado defensor de su confianza, de modo que es necesario regularizar la situación a efectos de poner fin a ese gravamen.

Luego, alega que en el presente caso existe cuestión federal en tanto las tres decisiones recurridas violan el artículo 8, punto 2, inciso d, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 14, punto 3, inciso d, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establecen el derecho a contar con un defensor de confianza.

Argumenta que la violación a este derecho genera una consecuencia fatal para el Ministerio Público Fiscal porque obstaculiza el ejercicio de la acción penal contra el imputado en esa causa.

En segundo lugar, en relación con el fondo del asunto discutido, aduce que las resoluciones en examen convalidan un proceso en el cual uno de los imputados se encuentra en estado de indefensión, pues este se halla representado por un abogado que le fue impuesto en contra de su voluntad.

Enfatiza que las decisiones recurridas cercenaron el derecho del imputado a elegir el abogado que ejerza su representación en violación de las normas constitucionales citadas y de la jurisprudencia de la Corte Suprema registrada en Fallos: 323:1219 . Afirma que no tienen asidero legal los motivos expresados por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy y convalidados por la Cámara Federal de Casación Penal para denegar la designación del abo

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2247 
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