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Fallos: 342:534 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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JURISPRUDENCIA
Se presenta uno de los supuestos excepcionales que exige que la Corte modifique la doctrina de un precedente si a la luz del caso "Nisman" Fallos: 339:1342 ) se operó un cambio tal en los principios que informaron los fundamentos del precedente "Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" (Fallos: 330:5279 ) que se impone la revisión de este último.

AUTONOMIA PROVINCIAL
Corresponde que la Corte se desligue de 25 años de instituciones porteñas inconclusas y, en el ámbito de la competencia originaria, le reconozca a la ciudad el derecho a no ser sometida ante tribunales ajenos a la plena jurisdicción que le garantiza la Constitución Nacional, ya que la Ciudad Autónoma, tal como sucede con las provincias, se ve afectada en su autonomía cuando es forzada a litigar ante tribunales de extraña jurisdicción.


CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Para no afectar la continuidad de su proceso de institucionalización, la Ciudad de Buenos Aires debe generar un autogobierno entendido como el derecho de sancionar y aplicar sus leyes sin someterse a ninguna otra autoridad, pero también debe contar con la misma posibilidad que tienen las provincias de contar con un tribunal imparcial para dirimir las controversias que pudiera tener con ellas.


CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
El carácter estricto con el que la Corte interpreta el art. 117 de la Constitución Nacional no debe ya postularse como un obstáculo para conceder a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el privilegio federal de litigar en instancia originaria.

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:534 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-534

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