FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2014.
Vistos los autos: "Kemelmajer de Carlucci, Aída Rosa c/ Lanata, Jorge y otros s/ daños y perjuicios".
Considerando:
Que este Tribunal comparte las consideraciones expuestas por el señor Procurador General de la Nación en el dictamen de fs. 1318/1323, a las que cabe remitir por razones de brevedad.
Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario deducido y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese y, oportunamente, remítase.
CArLos S. FAyT - JUAN CARLOs MAQUEDA —- JORGE EDUARDO MORAN — JosÉ Luis ALBERTO AGUILAR — CINTIA FERNÁNDEZ GÓMEZ.
Recursos extraordinarios interpuestos por los Dres. Pablo Jacoby y Patricio Carballés, letrados apoderados de los codemandados Jorge Lanata y Flipper Com S.A., y por los Dres. Guadalupe Cores y Pablo Di Iorio, letrados apoderados de la codemandada América TV.
Traslado contestado por los Dres. Julio César Rivera y Julio César Rivera h., letrados apoderados de la actora, Aída Kemelmajer de Carlucci.
Tribunales intervinientes: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n" 91; Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1066
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