personal y móviles policiales perfectamente identificados que podían auxiliarlo? Sin embargo, eligió doblar en "u" en contramano por Saénz y alejarse del puesto policial.
También ha de considerarse que es muy difícil aceptar la versión del imputado en el sentido, que creyó que los integrantes de la brigada iban a asaltarlo, puesto que resulta, al menos, extraño e inusual que los delincuentes se presten a cometer delitos frente a la policía.
—V-
En este contexto, no encuentro que la defensa haya expuesto una real situación de duda, producto de circunstancias verosímiles, sino que propone la aplicación de la regla in dubio pro reo con base en la descalificación de pruebas desde un método consistente en fragmentar los hechos y analizarlos por separado.
Si bien tal principio reconoce una naturaleza predominantemente psicológica —que en la mayoría de los casos da apertura a múltiples visiones de lo acontecido, otorgando conclusiones disímiles en este repaso-—, ello no significa que pueda reposar en una pura subjetividad, sino en la observación metódica del mundo objetivo.
En efecto, ese particular estado de ánimo debe derivarse de una minuciosa, racional y objetiva evaluación de todos los elementos de prueba en conjunto (Fallos: 311:512 y 2547; 312:2507 ; 314:346 y 833; 321:2990 y 3423).
En el proceso penal, debido a la importancia de los intereses individuales involucrados, la sentencia de condena sólo puede ser resultado de un convencimiento que esté más allá de toda duda razonable, acerca de la responsabilidad del acusado por un hecho punible (conf.
Suprema Corte de los Estado Unidos de Norteamérica, en el caso "Winship", 397 U.S. 358). Sin embargo, no cabe deducir de esto que la mera invocación de cualquier incertidumbre o de versiones contrapuestas acerca de los hechos impida, per se, obtener razonablemente, a través de un estudio sistemático que contemple de un modo integral toda la prueba, el grado de convencimiento necesario para formular un pronunciamiento de condena.
En rigor, cada circunstancia relacionada con asuntos humanos del pasado, dependiente de evidencia o demostración, está abierta a alguna
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:827
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