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Fallos: 335:822 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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resto del material probatorio, el pronunciamiento quede sin un sustento adecuado". Y agregó: "...al margen de toda consideración acerca del contenido de la información producida en ámbitos no jurisdiccionales, lo cierto es que el testigo en cuestión declaró durante el debate, siendo sometido a un amplio interrogatorio por el Tribunal y las partes, incluso en relación al episodio vinculado con la realización de la mentada entrevista" (cfr. fojas 167 del legajo de la queja).

Y, estimo atinente añadir que la declaración brindada en el debate, por una persona constreñida a decir la verdad en ese acto, constituye una oportunidad de pleno y libre control de la prueba testimonial por las partes.

2) También, aludió a la falta de tratamiento de la valoración en contra que habría efectuado el tribunal oral sobre la abstención de declarar que ejerció C. al inicio de las actuaciones.

Ela quo respondió: la sentencia... la sentencia en análisis encuentra fundamentos en otros elementos de juicio que no se vinculan con esa negativa inicial del incuso a formular su descargo" (cfr. fs. 167 vta), criterio con el que, como se verá más adelante, también coincido.

3) Por otro lado, la defensa denuncia que "nunca se analizó, en forma concreta, la versión de Carrera desde que pudo fácticamente declarar, responsabilizando directamente a agentes del Estado Nacional".

a) En cuanto al momento preciso en el que fue importado, afirmó que los peritos balísticos Gigena (PFA) e Iseas (Gendarmería) indicaron que el Peugeot 205, conducido por C., habría recibido impactos de proyectiles provenientes de un tirador ubicado en la parte trasera derecha del vehículo, los cuales fueron identificados con los n" 11 y 13 en las experticias balísticas de fojas 330/43 y 1139/62.

Al respecto, y contrariamente a lo expuesto por el apelante, advierto que el a quo sí analizó la versión del imputado y, a mi entender, con fundamentos suficientes acerca de una cuestión de hecho de su propia incumbencia.

Sobre el acápite dijo: "...debe hacerse notar que la afirmación del acusado en punto al momento en que recibió el disparo en su rostro, y las consecuencias que le produjeron, no resulta consistente ni concuerda con lo que al respecto indican otras pruebas..."

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:822 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-822

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