si la pretensión tributaria del municipio constituye una violación del régimen nacional de energía eléctrica y, por tanto, una interferencia en una órbita de competencia propia de la Nación.
—IV-
Finalmente, corresponde señalar que la invocación del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento que en su escrito de inicio efectúa la actora en nada modifica lo hasta aquí expuesto, ya que ella solo se refiere al apartado 2, del art. 1" de dicho instrumento, norma a la que V.E.le ha atribuido carácter federal en razón de la materia que regula: la energía eléctrica (confr. doctrina de Fallos: 322:781 y 2624 y 325:723 ).
—V-
Por ello, opino que este proceso debe continuar su trámite ante la justicia federal. Buenos Aires, 30 de julio de 2012. Laura M. Monti.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Y 1 LLL, 2.
Vistos los autos: "Exolgan S.A. c/ Municipalidad de Avellaneda s/ medida cautelar".
Considerando:
Que contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que al confirmar la de la instancia anterior, declaró la incompetencia de ese fuero para conocer en la causa, la actora interpuso recurso extraordinario, que fue concedido.
Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir por razones de brevedad.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2456
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