deducido. Con costas (art, 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) Ñotifíquesd » Oportunamente, devuélvase.
7 a RDO LUIS LORENZEFT . S.AYT Recurso extraordinario interpuesto por Rosa Elsa Parrilli, con el patrocinio letrado de los Dres. Julio Virgolini, Juan Vablo Alonso y Deborah Lichtmann, Traslado contestado por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por la Dra. Silvina lLauram Di Matteo, con el patrocínio letrado de las Dras. María Cecilia García y Paula Carolina Myelinxeki.
Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Jurmdo de Enjuiciumiento de Magistrados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Atres.
PESCARGEN S.A. y Otra c/ CHUBUT, PROVINCIA DeL
S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
PESCA.
Si bien el legislador nacional ha indicado que a los fines del otorgamiento de los permisos de pesca se debe reconocer prioridad a los buques que contraten mano de obra argentina en mayor porcentaje, no por ello asignó preferencia alguna a los residentes de una región en desmedro de otras, por lo que, la circunstancia de que los trabajadores sean migrantes o bien residentes en una determinada provincia no puede constituirse en un factor limitante de su admisibilidad en el empleo del que se trata, sin conculcar los principios constitucionales enunciados.
—Del precedente A 481 XXXIX "ARGENOVA S.A c/ Chubut, Pcia. del", sentencia del 14/12/2010 al que remitió la Corte, en la que se reiteró el criterio esgrimido en "ARGENOVA S.A c/ Sta. Cruz, Pcia. de" (Fallos: 333:2367 )—.
PESCA.
Si bien es facultad de la provincia otorgar los permisos de pesca en su jurisdicción, lo cierto es que la ley 5639 —art. 11 inc. 2°- de la provincia del Chubut, al imponer un cupo determinado de tripulación domiciliada en ese estado local, crea
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1794
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