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Fallos: 334:1640 de la CSJN Argentina - Año: 2011

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costas (artículo 68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Notifíquese, remítase copia de esta decisión a la Procuración General y, oportunamente, archívese.


ELENA I. HIGHTON DE NoLASCO — CARLOS S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO

PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI — CARMEN
M. ARGIBAY.
Nombre del actor: Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A.; Juan Carlos Loustau Bidaut; José Higinio Monserrat y Juan Carlos Arias.

Nombre de la demandada: Provincia de Buenos Aires.

Profesionales intervinientes: Dres. Ricardo Mihura Estrada; Juan Carlos Arias; Beatriz Pernas; Alejandro J. Fernández Llanos; Luisa M. Petcoff; María Fernanda Lorenzo y Jorge G. Taiah.

Ministerio Público: Dres. Ricardo O. Bausset y Laura Monti.


TRINCHIERI, ANTONIO c/ BILLINGHURST PLACE S.A. y OTRO
$/ DAÑOS Y PERJUICIOS
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE SUPREMA.
Las altas razones institucionales que determinaron la consagración constitucional de la competencia originaria de la Corte —y que en el caso en que el actor con status diplomático promovió demanda de daños y perjuicios responde a la necesidad de preservar el respeto y la mutua consideración con las potencias extranjeras, otorgando a sus representantes diplomáticos una jurisdicción que les permita el cumplimiento más eficaz de sus funciones—, impide someterla al cumplimiento de requisitos previos, ya sean estos legales o administrativos, por lo que no puede admitirse el planteo solicitando que se cumpla con el trámite de mediación previa obligatorio.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

El actor —con status diplomático— promovió demanda por los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la construcción de un edificio en

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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1640 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-334/pagina-1640

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