Teatro de Operaciones del Atlántico Sur y en áreas consideradas de riesgo de combate, según lo establece la resolución 426/04 del Jefe del Estado Mayor General de la Armada, reuniendo los requisitos para obtener el beneficio y ser considerado "veterano de guerra".
5) Que los agravios del actor suscitan cuestión federal suficiente para su consideración por la vía intentada, pues en el caso se halla en tela de juicio la interpretación de normas de carácter federal y la decisión de la alzada ha sido contraria al derecho que la parte pretende fundar en ellas (art. 14, inc. 3", de la ley 48). Sin perjuicio de que en el caso el recurso extraordinario sólo fue concedido en éste sentido, también se han invocado causales de arbitrariedad que, por ser inescindibles de los temas federales en discusión, deben ser examinados conjuntamente (conf. Fallos: 323:2519 ; 327:5640 ; 330:2206 , entre muchos otros).
6) Que, en lo que interesa al caso, corresponde señalar que el art. 1° de la ley 23.848 —texto según ley 24.652 y decreto 886/2005— otorga la pensión honorífica de veteranos de la Guerra del Atlántico Sur "...a los ex soldados conscriptos de las fuerzas armadas que hayan estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.), y a los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo en los lugares antes mencionados...
Después de sucesivas reformas, la ley 24.892 extendió dicho beneficio "...al personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que se encuentren en situación de retiro o baja voluntaria u obligatoria..., y que hubieran estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur" (art. 1", texto según decreto 886/2005).
7") Que asimismo, cabe señalar que a los efectos de la aplicación de la ley 23.109 —norma que acordó beneficios sociales para ex soldados conscriptos que participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982-, el art. 1 del decreto 509/88 estableció que se consideraría veteranos de guerra a los ex soldados conscriptos que participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, cuya jurisdicción había sido determinada el 7 de abril de 1982 y abarcaba la
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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:2153
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