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Fallos: 333:1173 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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pacta sunt servanda y las reglas de interpretación de los artículos 26, 31 y 32 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados Fallos: 326:991 , entre muchos otros).

Así, las explicaciones ofrecidas por los fiscales israelíes resultan suficientes y, además, debe considerárselas válidas y veraces, tal como lo establece el artículo 4 de la ley 24.767:"... La presentación en forma de los documentos hará presumir la veracidad de su contenido y la validez de las actuaciones a que se refieran". De allí que la queja de la defensa sobre la supuesta interpretación tergiversada de sus normas que, según afirma, habrían presentado los fiscales israelíes es a todas luces insustancial.

—X-— Tampoco la supuesta omisión de cumplir con el compromiso que establece el artículo 11.e de la ley 24.767 es motivo suficiente para rechazar la extradición, porque el Estado de Israel se comprometió a computar el tiempo de detención que Moshe Ben Ivgy sufrió en la Argentina.

Y si bien es cierto —como señala la defensa— que este compromiso se circunscribió a la pena que eventualmente se le aplicaría por el delito de evasión (cuya extradición rechazó el juez de la instancia) esta suerte de "incumplimiento sobreviniente" ocasionado por el rechazo de la extradición por este delito en modo alguno le es atribuible.

Si, como se dice en el pedido, las condenas en Israel se cumplen de modo sucesivo, es razonable que el Estado requirente circunscriba su compromiso a uno de los delitos que integró la extradición. En consecuencia, si bien es cierto que al habérsela rechazado por el delito de evasión el compromiso asumido carecería hoy de efectos, ello no conduce a la conclusión de que no tiene valor alguno: el Estado requirente no podía saber que su compromiso no resultaría suficiente por la denegatoria parcial.

Por lo que, a mi juicio, podrá V.E. conceder la extradición supeditándola a la obtención, por parte del Poder Ejecutivo, del mencionado compromiso 0, en su caso, suspender su decisión hasta que el compromiso sea recabado.

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1173 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-1173

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