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Fallos: 330:4191 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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330 "destino alguno en un lapso de dos años computados desde que la expropiación quedó perfeccionada en la forma prevista en el artículo 29".

Según el art. 29 de la ley —segunda parte-, al que remiten los arts. 35 y 42 "(...) Se entenderá que la expropiación ha quedado perfeccionada cuando se ha operado la transferencia del dominio al expropiante mediante sentencia firme, toma de posesión y pago de la indemnización".

6) Que al fundar el remedio federal la Dirección Nacional de Vialidad reitera que no se han cumplido todos los requisitos exigidos legalmente para la procedencia de la acción de retrocesión, ya que falta la toma de posesión del inmueble expropiado, lo cual sería suficiente, según su criterio—sustentado parcialmente en doctrina deesta Corte-, para rechazar la pretensión, y añade que no puede considerarse que su dilatada inacción indique la ausencia de la utilidad pública del inmueble adquirido, habida cuenta de la complejidad y magnitud de los trabajos a efectuar y de que la ley provincial que determinó dicha utilidad pública no estableció un plazo para la realización dela obra.

7) Queesregla en la interpretación delas leyes dar plenoefectoa la intención del legislador, computando la totalidad de sus preceptos de manera que se compadezcan con el ordenamiento jurídico restante y con los principios y garantías de la Constitución Nacional (Fallos:

310:500 ; 312:111 ; 327:4850 , entre muchos otros).

8°) Que la retrocesión sólo es viable cuando el juicio de expropiación ha terminado definitivamente con la transferencia de la propiedad y el pago de la indemnización, de modo que durante ese juicio la retrocesión es inviable (Villegas Basavilbaso, Benjamín, Derecho Administrativo, Tomo VI, Buenos Aires, Tipográfica Editora Argentina, 1956, pág. 456). Es razonable, pues, interpretar que, al exigir el cumplimiento de los recaudos enunciados en el considerando 5", la ley ha querido evitar que aquella acción sea intentada antes de que la expropiación se encuentre perfeccionada. Pero no parece razonable admitir lainterpretación, meramenteliteral, que postula la recurrente, ya que, de ese modo, a la administración le bastaría, por su sola voluntad, no tomar la posesión del bien expropiado para postergar sinediela procedencia de la acción de retrocesión y, con ello, la disponibilidad del bien y el ejercicio del derecho de propiedad sobre él.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4191 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-4191

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