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Fallos: 330:4071 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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Fallos: 322:804 ), y el acompañado con el escrito inicial constituye título ejecutivo suficiente, sin que sea posible revisar en este juicio su proceso de formación (Fallos: 323:685 y causa O.296.XXXVI "Obra Social para la Actividad Docente c/ Santa Fe, Provincia de s/ ejecución fiscal", del 18 de diciembre de 2001, entre otras).

9°) Que el tema atinente al procedimiento de cobro e inembargabilidad de las cuentas públicas provinciales dispuesto en las leyes invocadas, resulta en esta etapa del proceso meramente conjetural y deberá ser planteado en el caso de que la Obra Social para la Actividad Docente pretenda medidas sobre los fondos públicos de la demandada (arg. causa: O.504.XL "Obra Social para la Actividad Docente c/ Formosa, Provincia de s/ ejecución fiscal", pronunciamiento del 21 de noviembre de 2006).

Por ello y, de conformidad con lo dictaminado —en lo pertinente— por la señora Procuradora Fiscal, se resuelve: Rechazar las excepciones opuestas y mandar llevar adelante la ejecución hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital e intereses reclamados. Con costas art. 558, Código Procesal Civil y Comercial dela Nación ). Notifíquese.

CarLos S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — CARMEN M. ArcIBaY.

Nombre de la actora: Obra Social para la Actividad Docente, representada por los doctores Lucas Gabriel Mayor, Fernando José Quintana, Gabriela Gallegos y Horacio González.

Nombre de los demandados: Provincia de Santiago del Estero, representada por el doctor Martín A. Berhongaray.

CIRO ADRIAN SABER v. PROVINCIA ve RIO NEGRO y Otros JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Principios generales.

El debate en torno ala disposición de los fondos depositados judicialmente en el marco de un juicio debe efectuarse ante el juez que loordenó, pues ese magistradoesquien tiene plenitud de jurisdicción en todo loatinenteala inversión, disposición y destino de esos fondos; la intervención de otro juez implicaría una ina

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4071 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-4071

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