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Fallos: 330:1602 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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330 contra los amortiguadores. El accidente le habría producido traumatismos múltiples y la fractura de una vértebra dorsal.

Del informe de fs. 207 surge que Maya Haya Rosenfeld es la cónyuge de Yaniv David Zangilevitch, Agregado de la Embajada de |srael, por lo que goza de inmunidad de jurisdicción conforme a lo normado por el artículo 37 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, aprobada por decreto-ley 7672/63 (Fallos: 310:749 ; 323:2580 y 327:244 ).

En consecuencia, habida cuenta que el objeto de este proceso es el de investigar las presuntas lesiones padecidas por una persona que goza de status diplomático y que además se presentó formalmente como parte en el expediente (fs. 1 y 64), opino que, en principio, esta causa concierneala jurisdicción originaria del Tribunal, con arregloa lo dispuesto por los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional y sus leyes reglamentarias (Fallos: 294:349 ; 298:786 y 310:749 ).

Ello, sin perjuicio de que con el fin de garantizar un amplio ejercicio del derecho de defensa (art. 8. 2h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) y una pesquisa eficaz, tal como V. E. lo resolviera el 4 de abril del corriente año en autos "Georgy, Todua y Taboada, Horacio s/resistencia a la autoridad y lesiones causa N° 65.001" (G.

326, L. XLI1) (Fallos: 329:1019 ), deleguela instrucción del sumario, si lo considera pertinente, en el juzgado que corr esponda. Buenos Aires, 15 de agosto de 2006. Luis Santiago González Warcalde.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de abril de 2007.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal sustituto a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara la competencia originaria de esta Corte para entender en la presunta comisión del delito de lesiones cul posas, y se del ega la instrucción del sumario en el juez federal con competencia en lo criminal y correccional.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1602 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-1602

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