cesales a su cargo, las irregularidades judiciales en la tramitación de la causa, la falta de investigación de los delitos, etcétera, son algunos concretos ejemplos de esta falta de la diligencia".
2°) Delalectura delosfallos que el autor cita o de los recogidos en otro útil trabajo: "Juicio Político a la Justicia Nacional", de los Dres.
Guillermo Navarro y Silvina G. Catucci (Ed. Pensamiento Jurídico, 1987) se despr enden cuales son las, características negativas del desempeño de un magistrado para incluirlo en esa causal de remoción.
"Para dar curso a las denuncias formuladas contra magistrados judiciales se requiere que la imputación se funde en hechos graves e inequívocos o, cuando menos, en la existencia de presunciones serias que autoricen razonablemente poner en duda la rectitud de conducta de un magistrado o su capacidad para el normal desempeño de la función (Fallos: 26:210 ; 266:203 ); es que la puesta en marcha del procedimiento para enjuiciamiento de magistrados sólo sejustificafrenteala comisión de hechos ola adopción de actitudes que revelen un intolerableapartamientode la misión confiada a los jueces, con daño evidente del servicio y menoscabo de la investidura (Fallos: 274:415 ). La garantía de inamovilidad de los magistrados judiciales consagrada en el art. 96 de la Constitución Nacional, presupuesto necesario de la independencia e imparcialidad en su función de administrar justicia, exige que aquellos no se vean expuestos a riesgo de ser enjuiciados sino por causas realmente graves, que impliquen serio desmedro de su conducta odesu idoneidad para el ejercicio del cargo (C.S., "Fallos" 300:1326 , 17/05/78)".
3) En consonancia con esa tradicional jurisprudencia existen precedentes de este Jurado cuando ha considerado situaciones análogas de mal desempeño, sea por incumplimiento del deber o decisiones que hacen al funcionamiento del Juzgado. La referencia más apropiada es la causa de la Dra. Torres Nieto en el cual "la conducta de la jueza enjuiciada no varió a pesar de los numerosos llamados de atención y exhortaciones formuladas por distintos magistrados de su Tribunal de Alzada Natural, en el marco de sentencias recaídas en virtud de recursos de apelación interpuestas en diversas causas, que eran informadasal Tribunal de Superintendencia tal como sur ge de las consideraciones antes citadas" (Considerando 10 de la causa N° 7), estuvo "plenamente acreditado... que una operación sistemática... hacía ausentar en los registros y estadísticas información falsa... una práctica que se extendió durante años... con el fin de disimular una excesiva
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5327
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