— II El recurrente considera que los recaudos remitidos por las autoridades rusas adolecen de deficiencias en la descripción de los hechos que motivan la extradición. Destaca que no existe una identificación precisa de la fecha de comisión del delito ni de las personas damnificadas por la supuesta estafa que habría cometido Smirnov, no surgiendo, además, referencia alguna a las pruebas que sustentan la acusación que pesa en su contra.
Afirma que el proceso que se le sigue en Rusia constituye parte de una persecución orquestada por el gobierno para apoderarse delafructífera empresa del requerido. Conforme relata, Smirnov habría recibido amenazas por parte de funcionarios para que emigre de Rusia, llegándose incluso a detonar un explosivo en su automóvil y a secuestrarlo con el objeto de obligarlo a ceder su empresa.
Por otro lado, la impugnación se dirige contra el tribunal que entiende en el proceso que se le sigue al nombrado. Arguye la defensa que noes posible determinar, en los recaudos remitidos, si los funcionarios que allí intervienen constituyen un tribunal militar oson integrantes del poder ejecutivo ruso. Refiere, en este sentido, que igualmente es la misma parte requirente quien afirma que, en su ordenamiento, las extradiciones son dispuestas por la Fiscalía General dela Federación Rusa, con lo cual nose satisface el requisito del inciso "d" del artículo 13 de la ley 24.767.
— 1 En primer lugar, advierto que los agravios relacionados con el carácter de los magistrados que requirieran la extradición han sido tardíamente introducidos.
En efecto, ninguna observación sobre este aspecto fue formulada en el momento del debate (cfr. fs. 472/475): la cuestión fue recién introducida al interponer este recurso y tratada con mayor amplitud en el memorial presentado en esta instancia. Esta circunstancia, conformela doctrina del Tribunal, autoriza el rechazo de estos agravios (Fallos: 320:1775 ; 322:486 ; 323:3699 , entre otros).
Sin embargo, a todo evento, las cuestiones relativas a la naturaleza del Ministerio Fiscal de la Federación Rusa han merecido opinión
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1369
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