con causa planteada, con sustento en que no se había demostrado que los vocales hubieran afectado la garantía de imparcialidad en el juzgamiento, en cuanto a la doctora Mariani de Vidal, manifestó que se había limitado a expedirse en la oportunidad procesal oportuna, por lo que no había incurrido en causal alguna que justificara su apartamiento de la causa.
11) Que contra esta decisión, la demandante no dedujo recurso de queja ante esta Corte por la denegación del remedio federal, sino que interpuso el 17 de septiembre de 2002 un nuevo recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia y gravedad institucional. Sostiene, en sustancial síntesis, que la decisión impugnada afecta la garantía a ser juzgado por un tribunal imparcial, implica un exceso en el ejercicio del poder jurisdiccional, prescinde de prueba oportunamente ofrecida y no garantiza el principio de bilateralidad exigido por el art. 18 de la Constitución Nacional.
El 1 de octubre de 2002 la actora presentó un escrito en el que solicita el apartamiento del prosecretario de la sala, la instrucción de un sumario al funcionario y la suspensión del proceso hasta tanto se resolviesen esas actuaciones. A pesar de este pedido, sin esperar su resolución, pidió pronto despacho y nuevas medidas para mejor proveer.
12) Que, sin esperar la resolución del recurso extraordinario, la actora dedujo el 17 de febrero de 2003, recurso de queja por retardo y denegación de justicia, en el que habría incurrido la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, en resolver el recurso deducido contra la decisión por la que se había rechazado la recusación con causa contra los integrantes de la Sala I del fuero.
El 7 de mayo de 2003 la cámara deniega el recurso extraordinario interpuesto contra la resolución que rechaza la recusación y declara inadmisible los cuestionamientos respecto del prosecretario de la sala.
El 22 de mayo de 2003 la actora solicita la nulidad del auto de concesión con fundamento en el art. 167 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , que fue rechazado y contra el que no se interpuso recurso.
13) Que, el 30 de abril de 2003, esta Corte requirió de la Sala II copia de las actuaciones y que, de estimarlo conducente informe del trámite de la causa.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:523 
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