el art. 74, del decreto 1397/79, reglamentario de la ley derrito fiscal, contra cuya decisión, a su vez, correspondía la vía del art. 23, inc. a, de laley 19.549. En el subjudiceno se aprecia, contrariamentea losostenido por la actora, que exista lesión en su derecho de defensa, puesto que ha hecho uso tanto de su facultad de recurrir en sede administrativa como de apelar ante la justicia y, por mandato de los arts. 116 y 117 dela Carta Magna, ventilar la cuestión ante el más Alto Tribunal del país donde, valga también apuntarlo, ha gozado en forma amplia e irrestricta del derecho a proponer y producir las pruebas que hacen a sus pretensiones jurídicas.
—VI-
A continuación, y en acápites siguientes, vierto mi parecer sobre los puntos en disputa cuyo esclarecimiento y dilucidación depende de la interpretación y aplicación de normas de la Ley del Impuesto alas Ganancias, que es ley federal (conf. Fallos: 308:2153 ; 310:758 , entre otros) y que repercuten en la forma de determinación de los quebrantos del BPRN.
Corresponde, en primer lugar, determinar lo relativo a la controversia existente en punto ala forma de computar —en el balanceimpositivo- las previsiones sobre préstamos.
La incobrabilidad puede considerarse como un riesgo latente, que subyace al momento de otorgamiento del crédito y que se concreta al producirse algunos de los síntomas o indicadores de la dificultad o imposibilidad de recuperar el capital prestado y de obtener losintereses generados.
Sostiene la actora que resulta aplicable, al balance impositivo, el índice deincobrabilidad establecido por el BCRA (Comunicación A 1112 Circular CONAU 1-68) a los fines bancarios, mientras que la DGI, al contrario, considera que dicho baremo no está contemplado por la reglamentación de la Ley del Impuesto a las Ganancias, arts. 139 a 142 del decreto reglamentario y, por ende, no puede ser tenido en consideración.
Como punto de partida, es menester dejar sentado que, conforme al juego de los arts. 49, 69 y concs. dela Ley del Impuestoa las Ganancias, las rentas obtenidas por el BPRN, en relación a los préstamos
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2279
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