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Fallos: 325:2538 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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325 sin que se advierta la presencia de una equivocación "...tan grosera que aparezca como algo inconcebible dentro de una racional administración de justicia", como para dar lugar a un supuesto de arbitrariedad (Fallos: 247:713 ).

5) Que, por otro lado, lo atinente a la incompatibilidad de la ley local 10.160 con la Constitución de la provincia no suscita cuestión federal alguna susceptible de ser considerada por esta Corte, ya que no media en el caso el supuesto del inc. 2? del art. 14 de la ley 48, desde que para ello se requiere que la decisión haya sido en favor de la ley provincial cuando se la cuestiona bajo la pretensión de ser repugnante ala Constitución Nacional (Fallos: 287:73 ; 295:69 ; 298:321 ). Máxime cuando las cuestiones han sido resueltas con fundamentos suficientes, al margen de su acierto o error (Fallos: 308:1347 ; 324:1884 ).

6) Que en cuanto a la invocada gravedad institucional basada en la repercusión periodística del asunto, no se advierte que se encuentren afectados principios de orden social y lo decidido vaya más allá del interés personal del apelante. A lo que debe sumarse, por otra parte, que la gravedad institucional, en el caso de concurrir, sólo faculta al tribunal a prescindir de ciertos extremos formales, pero no a suplir la inexistencia de cuestión federal (Fallos: 311:120 ; entre muchos otros), requisito insoslayable que —como ha quedado expresado— no concurre en el caso.

Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese.

Juro S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor (según su voto) — CARLos S. FAYT — AuGusto CÉSAR BELLUSCIO — GUILLERMO A. F. López — GusTAVO A. BosseERT — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.

VoTo DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINÉ O'Connor Considerando:

Que las presentes cuestiones guardan sustancial analogía con las tratadas en Fallos: 315:761 , voto del juez Moliné O'Connor, y causa

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2538 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2538

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