Voto DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON Gustavo A. BosserT Considerando:
Que el infrascripto coincide con los considerandos 1° a 4° del voto dela mayoría.
5) Que, noobstante lo dicho, durante un extenso per fodo este Tribunal rehusó conocer de toda una gama de cuestiones que denominaba genéricamente políticas. Esta postura, sin embargo, no fue mantenida en los términos de entonces. La amplia y vaga extensión dada a aquéllas, condujo a que el desmantelamiento de la doctrina anterior se hiciera a través de pronunciamientos dictados en temas muy diversos. Así, lisa y llanamente entró a conocer en causas que se referían al desenvolvimiento de la vida de los partidos políticos (Fallos: 307:1774 y suscitas); trató el tema de la admisibilidad de la presentación de un candidato independiente para diputado nacional (Fallos: 310:819 ) y revisó resultados electorales al dejar sin efecto resoluciones dejuntas electorales provinciales (Fallos: 308:1745 ). También conoció de la legalidad del procedimiento de formación y sanción de las leyes (Fallos:
317:335 ) y aun de la competencia del Senado de la Nación para determinar la designación de sus integrantes (Fallos: 321:3236 , disidencia de los jueces Fayt y Bossert; disidencia del juez Belluscio y disidencia del juez Petracchi) o de sus facultades para decidir la detención de personas (Fallos: 318:1967 y 319:1222 ).
6°) Que la Suprema Corte de los Estados Unidos en "Powell v. Mc.
Cormack", afirmóla facultad del Poder Judicial para revisar la exclusión dispuesta por la Cámara de Representantes respecto de un legislador. En tal sentido, resolvió: a) que se estaba en presencia de un "caso" que surgía bajola constitución en el sentido del art. III (fuente del art. 116 de la Constitución Nacional); b) que para esclarecer lano justiciabilidad alegada por los denandados con base en el art. |, sec. 5 fuente del art. 64 de la Constitución Nacional), esto es, para determinar "cuándo ha sido dada una dara atribución constitucional a un departamento del Gobierno deigual rango constitucional debemos interpretar la Constitución. En otras palabras, debemos primero determinar qué poder ha concedido la Constitución a la Cámara de Representantes medianteel art. |, sec. 5, antes de que podamos determinar con qué extensión, si alguna, el ejercicio de ese poder está sujeto a la revi
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3379
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