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Fallos: 324:3376 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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4°) Que, desde antiguo, esta Corte ha sostenido que la misión más delicada que compete al Poder Judicial es la de saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes ojurisdicciones, pues al ser el poder llamado para sostener la vigencia de la Constitución, un avance en desmedro de las facultades de los demás, revestiría la mayor gravedad para la armonía constitucional y el orden público (Fallos: 155:248 ).

Por tal motivo, en las causas que se impugnan actos cumplidos por otros poderes, en el ámbito de las facultades que les son privativas, la función jurisdiccional no alcanza al modo del ejercicio de tales atribuciones, pues ello importaría la invasión que se debe evitar (Fallos:

254:43 ). Pero, en cambio y siguiendo el modelo de la jurisprudencia de los Estados Unidos de América, es inherente a las funciones de un tribunal judicial interpretar las normas que confieren dichas potestades para determinar su alcance, sin quetal tema constituya una "cuestión política" inmune al ejercicio de la jurisdicción ("Baker v. Carr" 369 U.S. 186). Ello, porque —tal como luego se desarrollará esclarecer si un poder del Estado tiene determinadas atribuciones, exige interpretar la Constitución y tal misión permitirá definir en qué medida -si es que existe alguna— el ejercicio de ese poder puede ser sometido a revisión judicial" ("Power v. Mc. Cormack" 395 U.S. 486).

5) Que, no obstantelodicho, durante un extenso período este Tribunal rehusó conocer de toda una gama de cuestiones que denominaba genéricamente políticas. Esta postura, sin embargo, no fue mantenida en los términos de entonces. La amplia y vaga extensión dada a aquéllas, condujo a que el desmantelamiento de la doctrina anterior se hiciera a través de pronunciamientos dictados en temas muy diversos. Así, lisa y llanamente entró a conocer en causas que se referían al desenvolvimiento de la vida de los partidos políticos (Fallos: 307:1774 y suscitas); trató el tema de la admisibilidad de la presentación de un candidato independiente para diputado nacional (Fallos: 310:819 ) y revisó resultados electorales al dejar sin efecto resoluciones dejuntas electorales provinciales (Fallos: 308:1745 ); también conoció dela legalidad del procedimiento de formación y sanción de las leyes (Fallos:

317:335 ) y aun delas facultades del Senado de la Nación para decidir la detención de personas (Fallos: 318:1967 y 319:1222 ).

6°) Que esta Corte encontrófrecuente inspiración en el citado caso "Powell v. Mc. Cormack" como se aprecia por su reiterada invocación en distintos precedentes (Fallos: 316:2940 , voto de la mayoría y voto del juez Moliné O'Connor; 317:335 , voto del juez Mdiné O'Connor;

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3376 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-3376

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