318:1772 ); al art. 1, inc. a, dela ley 24.631 (Fallos: 319:24 ); a losarts. 22, inc. c, y 6°, inc. e, delaley 25.188 (acordada 1 del 9 defebrerode 2000); etc.
12) Que, como fuera ya adelantado, además de titular de uno de los tres poderes constitutivos del Estado, esta Corte es un tribunal de justicia. Como se destacó en Fallos: 12:134 , esel "... Tribunal en último resorte para todos los asuntos contenciosos en que se le ha dadojurisdicción como pertenecientes al Poder Judicial de la Nación..." (id. Fallos: 297:381 ; 306:2070 ).
En el ejercicio de esta otra función institucional, es decir, como tribunal de justicia, esta Corte actúa exclusivamente cuando existe una controversia o caso judicial, y, en ese preciso marco, su jurisprudencia ha sido contraria ala posibilidad de declarar de oficiola inconstitucionalidad de las leyes, aunque en época reciente con significativas disidencias (Fallos: 306:303 , voto de los jueces Fayt y Belluscio).
Que las razones dadas para sostener doctrina prohibitiva fueron varias, pero —como se demostrará— ninguna está libre de serios reparos, lo que evidencia la necesidad de abandonarla ya que, como es obvio, la autoridad de los precedentes debe ceder ante la comprobación de la inconveniencia del mantenimiento de resoluciones anteriores (Fallos: 317:312 , voto de los jueces Nazareno y Moliné O'Connor).
13) Queen el recordado casoregistrado en Fallos: 190:142 , con cita de Thomas M. Cooley, la Corte afirmó que la declaración de inconstitucionalidad de oficio de las leyes vulnera el equilibrio entre los poderes del Estado, por la absorción del Poder Judicial en desmedro de los otros dos (págs. 155 y 156). Sin embargo, puesto bajo riguroso análisis, ese argumentoresulta inconsistente, pues no se alcanza a comprender por qué una declaración de inconstitucionalidad de oficio se entiende como una injerencia indebida de los jueces con aptitud para alterar el equilibrio que debe haber entre los poderes del Estado, perono se sostiene que exista una igual consecuencia cuando idéntica declaración se hace a petición de parte. Dicho con otras palabras, no se entiende por qué el control deinconstitucionalidad a pedido de parte no rompe el equilibrio entre los poderes, mientras que sí loaltera el control ejercido de oficio por los jueces. El argumento, así expuesto, evidencia falta de lógica, pues el equilibrio habría de romperse por la existencia misma del control en los dos supuestos, o bien no romperse en ningún
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3253
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