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Fallos: 323:947 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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por el acusador referida a la aplicación de un precedente de la Corte que decidió que se había dado cumplimiento al mandato constitucional de que nadie debe ser obligado a declarar contra sí mismo, al dejarse constancia de que el procesado no se había opuesto a que se le tomara la declaración indagatoria.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

La afirmación referida a que si no se dejó constancia expresa de que el imputado había tomado conocimiento efectivo de la naturaleza y efectos posibles de su declaración no es factible un control efectivo por parte de los jueces, no puede ser considerada irrazonable (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

A fin de que V.E. se pronuncie sobre la aplicación al presente caso, de lo resuelto en la causa "Schoklender" (Fallos: 311:340 ), y por los demás fundamentos expuestos por el señor Fiscal General, mantengo el recurso extraordinario interpuesto a fs. 381/384. Buenos Aires, 16 de junio de 1998. Luis Santiago González Warcalde.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de mayo de 2000.

Vistos los autos: "De Lellis, Gabriel Federico s/ robo en grado de tentativa".

Considerando: 19) Que contra la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que anuló la declaración

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:947 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-947

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