965 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
Es descalificable el pronunciamiento que desestimó la homologación de la transacción, por entender que se pretendía celebrar sobre un título declarado nulo, si de las constancias de la causa se desprende, con suficiente claridad, que mediante la transacción las partes no pretendían conferirle virtualidad al contrato anulado, sino que tenían el propósito de regular los efectos patrimoniales derivados de la revocación dispuesta por la actora arts. 842, 1052, 1100 y concordantes del Código Civil).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sen- .
tencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
Es arbitraria la resolución que subordinó la homologación judicial de la transacción al resultado del proceso penal en el que se investigan los delitos vinculados a la contratación.
JUICIO CRIMINAL. — La homologación judicial de una transacción (art. 162 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) no resulta equiparable al tipo de pronunciamiento aludido en el art. 1101 del Código Civil o que implique prejuzgar sóbre los aspectos contemplados en el art. 1102 del mismo cuerpo legal.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Es descalificable el pronunciamiento que aplicó al caso los principios que informan el art. 858 del Código Civil que impiden la transacción cuando ha tenido por objeto la ejecución de un título nulo o de arreglar los efectos de derechos que no tenían otro principio que el título nulo que los había constituido, sin examinar el contenido de las cláusulas que componen el acuerdo transaccional, ni considerar las razones que, a la luz de dicho contenido, permitirían tener por acreditado el supuesto que regla la obscura redacción del aludido art. 858 (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
Es descalificable el pronunciamiento que denegó la homologación de una transacción si del acuerdo no resulta que se persiga la ejecución de cláusula alguna del contrato extinguido, ni la determinación de los alcances de los
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:965
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