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Fallos: 322:2014 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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ta el efectivo pago según la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias de descuento (Fallos: 317:1921 ).

Por ello, y lo dispuesto por los arts. 1109, 1078, 1112 y concs. del Código Civil, se decide: Hacer lugar a la demanda seguida por Roque Rafael Izaurralde contra la Provincia de Buenos Aires y José María Vega, a quienes se condena a pagar, dentro del plazo de treinta días, la suma de seiscientos noventa y siete mil doscientos pesos ($ 697.200) con más los intereses de acuerdo con las pautas indicadas en el considerando precedente. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Teniendo en cuenta la labor desarrollada en el principal y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6, incs. a, b, c y d; 7, 9, 22, 37 y 38 de la ley 21.839, se regulan los honorarios del doctor Julio Enrique González Rubio en la suma de cien mil pesos ($ 100.000).

Por la tarea cumplida en el incidente resuelto a fs. 341/341 vta. y de acuerdo con lo establecido por los arts. 33, 39 y concs. de la ley citada, se fija la retribución del doctor Alejandro J. Fernández Llanos en la suma de cinco mil cuatrocientos pesos ($ 5.400).

Asimismo, se regulan los honorarios del perito médico Héctor Hugo Errea en la suma de veintiún mil pesos ($ 21.000). Notifíquese, deVuélvase el expediente acompañado y, oportunamente, archívese.

Juro S. NAZARENO (disidencia parcial) — Epvarvo MoLin£ O'Connor — CARLos S. FAvr (en disidencia parcial) — AUGUSTO César BELLUsCIO — ANTONIO BOGGIANO (en disidencia parcial) — Gun.LErmo A. F. Lopez — Gustavo A. Bosserr — ADo.ro RosErto Vázquez (en disidencia parcial).


DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR

DON JULIO S. NAZARENO Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
DON CARLos S. FAYr Considerando:

Que los infrascriptos coinciden con los considerandos 1al6yla regulación de honorarios del voto de la mayoría.

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2014 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-2014

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