FACUNDO ESCOBAR y Orzos v. TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.L.F.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, considerando que los actores cumplieron sus tareas en horarios correspondientes a la jornada mixta descripta en el convenio colectivo 47/75 decidió que parte de ella debía pagarse con un recargo equivalenteal 100 del valor horario, pues la norma convencional nada dicerespecto desupuestos como el de autos y la sola circunstancia de que el trabajo se desarrollara parte en horario diurno y parte en horario nocturno no justifica el reclamo.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de abril de 1991.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Escobar, Facundo y otros c/ Transportes Olivos S.A.C.L.F.", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1) Que contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que, al confirmar la de primera instancia, hizo lugar a la demanda por la cual se reclamaron diferencias de salarios, la vencida dedujo elrecurso extraordinario cuya denegación motivó la queja en examen.
Para así decidir, el a quo tuvo en cuenta que los actores cumplieron sus tarcas en horarios correspondientes a la jornada mixta descripta en el convenio colectivo 47/75 y que, en consecuencia, parte de ella debía pagarse con un recargo equivalente al 100 del valor horario, por todo el período comprendido en los dos años anteriores a la promoción de la demanda. A pesar de haber admitido el hecho nuevo denunciado por la demandada, desestimó la interpretación del convenio efectuada por la comisión paritaria pues no había sido homologado por el Ministerio de Trabajo.
29) Que, después de señalar la trascendencia de las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte, que son, en principio, ajenas, por su naturaleza, a la esfera del recurso extraordinario (Fallos: 298:24 ; 299:104 , y muchos otros), el apelante aduce arbitrariedad del fallo de que se agravia e invoca la
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:201
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