Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 312:1997 de la CSJN Argentina - Año: 1989

Anterior ... | Siguiente ...


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de octubre de 1989.

Vistos los autos:"Fernández, Basilio c/ La Nación y/o Gobierno Nacional s/ regularización haber militar".

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos términos se dan por — reproducidos en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se confirma la sentencia apelada en cuanto fue objeto de recurso extraordinario. .

AUGUSTO César BELLUscIO — CArLos S. FAYr — JorGE ANTONIO BAcquÉ.


AGENCIA MARITIMA RIO PARANA
ADUANA: Infracciones. Manifestación inexacta.

Conforme el art. 954, apartado 1, inc. a) del Código Aduanero, sólo resultan punibles las inexactitudes y diferencias susceptibles de configurar una transgresión al deber jurídico de veracidad y exactitud en la declaración, acerca de la naturaleza, calidad, cantidad o propiedades de las mercaderías que constituyen el objeto de la operación de importación, y en tanto revistan entidad suficiente para producir el efecto previsto, o sea, un perjuicio fiscal (1).

ADUANA: Infracciones. Manifestación inexacta.

La circunstancia de que el mineral de manganeso esté beneficiado con franqui- cias fiscales en razón de su destino, implica que la importación del mineral 1) 26 de octubre. Fallos: 288:356 ; 290:202 ; 293:670 ; 297:215 ; 310:1822 .

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

85

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1997 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-1997

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 312 Volumen: 2 en el número: 495 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos