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Fallos: 308:759 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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mandante se presentase en aquel proceso e hiciera valer allí sus invocados derechos, ello revela la inexistencia de gravamen por falta de interés jurídico —pues el actor tiene como vía apta para el cues tionamiento de Jas medidas probatorias la presentación en el juicio donde «llas fueron ofrecidas— y conduce,a rechazar el remedio federal intentado (1). .


DARDO RAUL GHIGO v. MARIA JOSEFINA ZERBONI
a RECURSO .EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. . .

Interpretación de normas y actos comunes. Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra el pronunciamiento que desestimó el pedido de levantamiento de embargo formulado por el tercer adquirente del 20 indiviso de los derechos . . y acciones cuya subasta pública fue decretada en el proceso, ya que los agravios propuestos sólo suscitan el examen de cuestiones de ' hecho y de derecho común y procesal local, materia propia de los jueces de la causa y extraña a la instancia del artículo 14 de la ley 48, Ja que ha sido resuelta por la sentencia con fundamentos suficientes de ese mismo carácter (2).

SYLVIA RUDNIKS CARVIN DE SOLA CLARET v.

FUERZA AEREA ARGENTINA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento. .

Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que rechazó la demanda tendiente a obtener la nulidad de la resolución del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea Argentina que m0 hizo iugar a la rehabilitación de la pensión dé la actora. Ello es así, pues el agravio referente a la presunta inconstitucionalidad del 1) 13 de mayo. Fallos: 242:524 . . _ 2) 13 de mayo. . — —

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:759 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-759

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