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Fallos: 306:367 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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dencias oficiales o privadas, que el Poder Ejecutivo haya militarizado, para la mayor eficacia de los servicios, por cualquier delito o falta cometidos dentro de ellas e relacionados con sus actividades, En el caso, de lo actuado no surge que en ocasión del accidente de tránsito, el imputado —quien conducía un automotor perteneciente al Ejército Argentino— se haya encontrado en función o servicio militarizado, lo que obsta a su juzgamiento por la justicia castrense; tampoco el daño sufrido por el vehículo, propiedad del Estado, en tanto no corresponda al resultado directo de una acción típica, resulta relevante para discernir la competencia (1).


JOSE LUIS CELESTINO PAOLONI y OTROS
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos contra el orden público, la seguridad de la Nación, los poderes públicos y el orden constitucional, El criterio para determinar los alcances de los arts. 6, 79, 8? y 99 de la ley 20.840 y consecuentemente, la competencia de los tribunales locales o de la jurisdicción federal, es el de que los actos definidos en dichas figuras puedan de algún modo afectar intereses generales de la Nación. De acuerdo con tal doctrina, deberá determinarse en cada caso si el establec:miento afectado y las maniobras presuntamente cometidas en perjuicio de su actividad, revisten una trascendencia tal que puedan resultar implicados "intereses no meramente plurales de los ciudadanos, sino aquéllos que alcanzan a la Nación misma", extremos que no aparecen reunidos en el caso donde se investigan las maniobras que habrían cometido el gerente de una cooperativa agrícola ganadera, algunos miembros del Consejo de Administración, el síndico y un tercero, en perjuicio de aquélla, de sus asociados y acreedores (°).

) 8 de mayo. Fallos: 241:18 ; 248:439 ; 253:117 ; 281:94 ; 300:457 . Causas "Fallecimiento soldado Jorge A. Rivero", del 5 de octubre de 1982: "Pedro Pablo Galante-Rodas, Oscar Silvano s/lesiones", del 26 de octubre de 1982; Comp. 555, del 26 de abril de 1983.

€) 8 de mayo. Fallos: 302:1209 ; 303:495 , 633. Causas "Wood, Guillermo s/denuncia" y "Giambruni, Oscar Amadeo y otros s/administración fraudulenta", del 10 de febrero y 17 de noviembre de 1983, respectivamente.

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:367 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-367

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