NORMA CARMEN BONISCONTI DE VADA v. CIRCULO ODONTOLOGICO
DEPARTAMENTAL DE MARCOS JUAREZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas loca'es de procedimientos. Casos varios.
Si el a quo estimó que la fijación de monto de una cuota de reingreso exigida al recurrente por un círculo odontológico no adolece de ilegalidad manifiesta ni causó un daño grave en los términos de la 'ey 4915 de la Provincia de Córdoba —que regla la acción de amparo intentada, señalando que no se advierte una negativa al reingreso sino el reclamo del pago previo, exigido dentro de las atribuciones estatutarias de 'a entidad, lo resuelto conduce al análisis de cuestiones de hecho, prueba y derecho local, reservadas como principio a los jueces de la causa (').
EMILIO GALVAGNO SANTOS y OTRO
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Ley anterior y jueces naurales.
No afecta la garantía del art. 18 de la Constitución Nacional la nueva norma que desplaza la competencia del juez que ya intervenía en e' juicio, en virtud de reformas en la organización de 'a justicia o en la distribución de la competencia (2).
OSVALDO LAURIENTE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.
El alcance otorgado a normas de derecho previsional es tema propio de los jueces de 'a causa, ajeno al remedio federal; así ocurre en el caso con los agravios referidos a que el a quo estimó inaplicable al caso el 1) 2 de agosto. Fal'os; 291:263 ; 296:426 .
2) 2 de agosto. Fallos: 234:482 , 637; 236:528 ; 237:673 .
Compartir
90Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1983, CSJN Fallos: 305:997
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-305/pagina-997¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 305 Volumen: 1 en el número: 997 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
