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Fallos: 305:280 de la CSJN Argentina - Año: 1983

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garantías constitucionales, pero es impuesto en interés del buen orden de la comunidad y del propio órgano político (Fallos: 298:441 ; 300:

S16; 303:397 y otros).

5") Que el decreto 1878/76 no contiene fundamentos específicos que permitan establecer en el caso la debida adecuación de causa y grado entre la restricción impuesta y los motivos que determinaron el estado de sitio. Dicha insuficiencia tampoco queda salvada con el informe de fs. 12/13, pues allí se alude en forma genérica a la conducta del recurrente, mas sin señalar las circunstancias concretas en que ella le es atribuida. Tampoco se determinan las fuentes de tules referencias, que se califican como de "índole secreta y confidencial". A ello se suma la inexistencia de causas judiciales en las cuales el beneficiario hubiese visto comprometida su responsabilidad por hechos vinculados a los que se le asignan como sustento de la medida.

9) Que teniendo en cuenta lo expuesto en los dos considerandos precedentes y las actuales circunstancias del país, cabe concluir que el arresto de Hipólito Solari Yrigoyen no resulta adecuado en la actualidad a los motivos que determinaron el estado de sitio, por lo que debe cesar la restricción que aquél importa a su libertad. Esta conclusión torna inoficioso el tratamiento de los restantes planteos articulados en autos.

Por ello, habiendo dictaminado el Señor Procurador General, se revoca la sentencia apelada y se hace lugar a la acción interpuesta.

En consecuencia, se declara que resulta actualmente inválido el decreto N° 1878/76 mediante el cual se dispuso el arresto de Hipólito Solari Yrigoyen, por lo que deberán cesar de inmediato las restricciones que ello importaba para su reingreso al territorio argentino.

ApDoLFo R. GABRIELLI — ABELARDO F. Rosst — ELías P. GUasTavino — Carros A. REnoM según su voto).

Voto DEL SeÑon Minismo Doctor Don CARLos A. REnoM Considerando:

19) Que el Poder Ejecutivo Nacional mediante el decreto N° 1878 del 1 de setiembre de 1976 dispuso el arresto de Hipólito Solari

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:280 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-305/pagina-280

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