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Fallos: 304:1013 de la CSJN Argentina - Año: 1982

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de que, por quien corresponda, se dicte una nueva con arreglo a la presente (art. 16, primera parte, de la ley 48).

Aporro HR. GABniELL: — ABEeLanDo F, Rosst — Etías P. Guasravino — Césan Brack — Canos A. RENoM.


MANUEL FERNANDEZ FERNANDEZ yv. AUGUSTO PELLICCIA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Distinta nacionalidad.

Na demostrada la nacionalidad extranjera del recurrente, no puede invocarse el fuero federal, cuya procedencia requiere la prueba de los extremos necesarios para su otorgamiento (art. 332, Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación (') JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Distinta nacionalidad.

No se ha probado en el caso la nacionalidad extranjera invocada, si no se agregó la respectiva partida de nacimiento, no siendo suficiente prueba el pasaporte acompañado, único elemento probatorio ofrecida al respecto.

JURISDICCION Y COMPETENC! 4: Competencia federal. Principios generales.

El conocimiento por los jueces ordinarios del sub lite no puede acarrear consecuencias que justifiquen la competencia de la justicia federal, ya que la responsabilidad internacional de la Nación no es susceptible de comprometerse por actos de los jueces locales, pues compete a la Corte el control definitivo de las garantías constitucionales en el pais, a fin de evitar cualquier denegación internacional de justicia y prevenir las reclamaciones extranjeras, tanto más si se considera que la Corte juzga la arbitrariedad de las sentencias definitivas de los tribunales ordinarios en orden a subsanar lesiones a la garantía de la defensa en juicio de las partes (2).

1) 15 de julio. Fallos: 259:227 .

2) Fallos: 23.720; 28:78 ; 190:354 ; 293:24 .

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1013 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-304/pagina-1013

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