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Fallos: 290:449 de la CSJN Argentina - Año: 1974

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RAMON HERMENEGILDO MOYANO v.- UNITED ARTIST CORPORATION
o UA, SOUTH AMERICAN CORPORATION RECURSO EXTRAORDINANIO: Heyuisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definítica. Varias.

El pronunciamiento que no hace lugar a que ciertas medidas probatorias ordenadas pudieran tener lugar fuera de la jurisdicción del juzgado donde tramita la causa, mo reviste el carácter de sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario (°).


SINDICATO DE EMPLEADOS DE ENTIDADES FINANCIERAS mo BANCARIAS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

No es materia federal la referente al cumplimiento de los recaudos para la obtención de personería gremial, según las disposiciones de la ley 14455, y al procedimiento para obtenerla (+).

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PRIVILEGIOS.
Si el crédito por gastos de reflotamiento efectuados por la Prefectura Naval Argentina se originó inmediatamente después de la colisión entre dos buques, ocurrida en mayo de 1972, ese crédito y el privilegio que nace con él se rigen por las normas de la ley 16.526, entonces en vigor, y no por las del decreto-ley 20.004/73. No obsta a tal conclusión lo dispuesto en el art.

598 de este último, pues el crédito de la Prefectura y su privilegio tienen su causa fuente en una norma de derecho público y federal argentino, como lo es el art. 18, 1e parte, de la ley 16.528.

PRIVILEGIOS.
Para la procedencia de la ejecución de un crédito de la Prefectura Naval Argentina por reflotamiento de un buque son de aplicación inmediata las nor') 26 de diciembre. Fallos: 280:19 ; 202:214 .

:) 28 de diciembre. Fallos: 251:38 , 68, 314; 2355:100 , 129, 215; 258:80 , 101; 282:165 , 554; 205:164 .

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Año: 1974, CSJN Fallos: 290:449 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-290/pagina-449

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