obstante no vestir en ese momento el uniforme del cuerpo, pero :
en tal carácter fué reconocido por los intervinientes del hecho.
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el t. 210, pág. 1262, registra el fallo dictado en 31 de mayo de 1948 en el que decide una cuestión de competencia planteada entre el Juez Letrado de Resistencia y el Juez de Instrucción Militar en un caso que no obstante tener características distintas al de autos, se argumenta por el Tribunal, con tal motivo, en forma que obliga a esta Cámara a tener especialmente en cuenta los fundamentos de ese fallo por su evidente aplieación al caso de antos.
Qur a los efecios de la resolución que en su oportunidad dictara la Suprema Corte de Justicia al analizar las disposiciones pertinentes del Estatuto de la Gendarmería Nacional, establece que dicho Estatuto ha determinado que dicho cuerpo tiene el carácter de "policía militarizada" y no obstante sus funciones específicamente policiales, se halla organizada en :
forma similar a las instituciones militares principalmente en lo referente a la disciplina de su personal, colocada bajo la dependencia directa del Ministerio de Guerra art. 3" inc, C, del estatuto) y sujeta a las disposiciones y formalidades del Código de Justicia Militar y reglamentaciones que la complementan — EI ETT TIN rei AL AN MUA ENE ee => LO TE Que luego de otras consideraciones, dice la Corte Suprema de Justicia "que el texto categórico de las mencionadas disposiciones del decreto 6358/46 y la finalidad de ellas impiden limitar la aplicación del Código de Justicia Militar con respecto al personal de la Gendarmería Nacional a los casos previstos por este último bajo el título IT "Delitos y faltas que afectan a la disciplina", atribuyendo a este último vocablo la acepción más restringida, con mayor razón desde que su régimen no resultaría menos afectado por la comisión de Jas otras infracciones que a continuación prevé el título II del citado Código con el epígrafe "Delitos y faltas que afectan al servivicio", o de las que luego se contemplan en el libro TI entre las cuales figuran los delitos contra la seguridad del Estado título IT, etc.).
Que esa interpretación restrictiva y limitada dice la Su-—prema Corte, desvirtuará la organización militar que se ha dado a la Gendarmería Nacional precisamente con el objeto de nsegurar la eficacia necesaria para el logro de los fines que determina su estatuto, sosteniéndose más adelante en el fallo aludido que el art. 6" del decreto 6:158 /46 debe ser interpretado en el sentido de que sin distingos ni exclusiones somete al personal de la Gendarmería a todas las disposiciones del Código de Justicia Militar que no resulten excluídas expresamente por otras o por el contenido de aquéllas.
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Año: 1949, CSJN Fallos: 215:521
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