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Fallos: 202:517 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Los Dres. José V. Figueroa, ex-vocal de la Cám.

1 de Apelaciones, y Jorge T. Isla, ex-juez en lo civil y Comercial de la Prov. de Bs. Aires, promovieron ante la Suprema Corte de dicha provincia una demanda de inconstitucionalidad contra el decreto n" 109, dictado por la Intervención Nacional con fecha 17 de mayo de 1940, por el que fueron rebajados sus sueldos de magistrados. Pedían se condenase a la demandada a pagarles $ 3.663 y $ 2.967, respectivamente, por concepto de tales rebajas.

Previos los trámites usuales, ese litigio fué fallado el 19 de junio del corriente año, declarando la Corte que pues se trataba de acción puramente patrimonial —y los demandantes, desprovistos ya de su investidura judicial no defendían prerrogativas actuales o futuras, correspondía conceptuar a aquélla fuera de término (art. 372 del Cód. de Proes. 1" parte), y desestimarla en consecuencia (fs. 143). El plazo aludido, es el de un mes a contar desde el día en que la ley, decreto o reglamento afectó los derechos patrimoniales invocados. Contra tal fallo traen ahora los actores un recurso extraordinario, por vía directa.

Lo considero inadmisible, dado que la materia resuelta por la Suprema Corte provincial de Bs. Aires está regida por leyes o disposiciones locales y de ellas derivaría, asimismo, el derecho invocado por los actores. No se trata, entonces, de situación jurídica equiparable a las contempladas por V. E. en 173:185 , 183:

143 y 193:231 . El caso actual se ajusta más bien a lo decidido por la Corte en 153:21 y 177:199 . Así co

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:517 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-202/pagina-517

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